El Conejo Feroz

Sexualidad y violencia

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¿SAP o abusos sexuales?

Publicado por aliciawolf en Mayo 4, 2007

 Éste es un tema demasiado escabroso para tomar un veredicto u otro. Que lleguemos a los extremos de que se juegue con las salud de un niño planteandose si realmente sufre abusos sexuales o es una “comedura de tarro” de uno de sus progenitores, me parece uno de los ejemplos de que cada vez somos “más humanos”, de que instintos más primitivos como la compasión o la defensa de la prole ya no tienen importancia en nuestras reglas sociales, solo el puro egoísmo-egocentrismo.  Lo peor de todo es que si antes se confiaba poco en la Ley, ahora menos, ni siquiera nuestro sistema judicial puede detectar la mentira.

Por cierto, SAP son las siglas de “SINDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL”

Aquí un caso (dentro de centenares similares) cedido por Miriam:

“”"

Hola compañeros:

Quiero poner en su conocimiento el caso de las dos niñas Miriam y Mónica, de 14 y 12 años de edad respectivamente, que desde hace dos semanas saltó a los medios de comunicación tanto locales como nacionales, tras serle otorgada la custodia al padre pese a que las niñas sufrieron abusos sexuales con la edad de 6 y 8 años. Informes forenses y ginecológicos así lo establecen. Las niñas acusan a su padre de tales abusos, y sin embargo este se limita a decir “yo no fui” y alega que las niñas padecen sindrome de alienación parental (SAP) propiciado por la madre, aceptado por el juzgado ¡¡increible!!

El otorgamiento de la custodia fue acompañado de una deplorable actuación policial por orden de la jueza que lleva el caso, sacando a las niñas del colegio al que asisten para entregarlas al padre. La negativa y resistencia de las niñas a este hecho, así como la violencia del padre y una tia paterna forzándolas, pudo ser observado en toda España gracias a las imagenes difundidas en casi todos los telediarios.

Este caso, con manfiestas irregularidades judiciales en mi opinión, ha motivado la implicación del Foro contra la Violencia de Género de Tenerife en favor de las dos menores (les adjunto dos comunicados),  El Foro contra la Violencia de Género exige:

 1º  Que se cumpla el derecho de las menores a ser escuchadas en los tribunales y que se tenga en cuenta de forma determinante su voluntad.

 2º  Que se preserve los derechos y la protección de estas menores. 

   Que se garanticen de manera efectiva los derechos de las niñas, en cuanto se las está forzando a una situación rechazada por ellas de forma contundente y reiterada, máxime mientras persista el actual estado psicológico y emocional  en el que se encuentran.

 4º  Que intervenga de manera rápida y efectiva la Dirección General de Protección del Menor y la Familia. 

A mi juicio estamos, no ante un caso de divorcio más y la pugna por la custodia de las hijas, sino que se trata de un caso de discriminación de género y de conculcación de los derechos de las menores, con edad legal para que su opinión y deseos sean escuchados y atendidos. El trato dado a la madre, la única que se ha interesado e instado la investigación de los abusos, es denigratorio e indigno, al señalarla culpable de inducir a las niñas y hacerlas sufrir el SAP. Enfermedad más que dudosa y controvertida desde los puntos de vista psicológicos y jurídicos.

Les animo a tomar interés por este lamentable y enojante asunto y, si lo estiman, a pronunciarse sobre él. Con el fin de que puedan recabar más información les indico las webs de algunos periódicos locales: www.laopinion.es ; www.diariodeavisos.es; www.lagacetadecanarias.net; www.eldia.es

Un muy afectuoso saludo

Benito López González“”"”"”"

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no puede hablarse de hombres víctimas de violencia de género

Publicado por aliciawolf en Abril 16, 2007

…porque la VG es la que se ejerce dehombre a mujer por el simple hecho de ser mujer.

Razonar esto te puede llevar siglos.

http://elforo.intereconomia.com/images/stories/Portada_PDF/2007/04/elforo100407.pdf

El Gobierno considera que ‘no puede hablarse con propiedad de hombres víctimas de violencia de género, tal y como queda reflejado en una respuesta parlamentaria a la diputada Pía Sánchez (PP).

La parlamentaria popular reclamaba el porcentaje de hombres víctimas de ‘violencia de género’ registrados por la Policía y el Instituto
de la Mujer a lo largo del pasado año, pero no obtuvo los datos al
entender el Ejecutivo que este tipo de maltrato sólo se produce sobre las mujeres.

En función de la normativa vigente, el Gobierno considera que la violencia de género se configura como aquélla que se ejerce sobre las mujeres , ‘como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres’ sobre éstas.

Según dice, este tipo de violencia se ejerce sobre las mujeres por parte de sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a
ellas por relaciones similares de afectividad, con o sin convivencia. ‘
En consecuencia, no puede hablarse con propiedad de
hombres víctimas de violencia de género’, subraya.

Los últimos datos recogidos por el Instituto de la Mujer, hasta enero del presente año, muestran que un total de 872 hombres han presentado una denuncia por malos tratos contra su pareja o ex pareja (cónyuge, pareja sentimental o novia). En concreto, se presentaron un total de 185 denuncias contra la mujer, 210 contra la ex mujer, 161 contra la compañera sentimental, 258 contra la ex compañera, 18 contra la novia y un total de 40 contra la ex novia.

En todo caso, esta cifra contrasta con las 4.603 denuncias presentadas por mujeres, hasta enero. Por otra parte, en todo el año pasado se registraron 10.801 denuncias de hombres contra mujeres, frente a las 62.170 que presentaron estas últimas.

Por otro lado, en una respuesta parlamentaria a la diputada Carme García (IU-ICV), el Gobierno considera cumplido los objetivos del
fondo para la asistencia social integral a las víctimas de violencia de género. En su segundo año de funcionamiento (2006), este fondo se ha incrementado en un 20 por ciento, pasando de los 10 a los 12 millones de euros .

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Divorcio y Violencia de Género: dos leyes contradictorias

Publicado por aliciawolf en Abril 16, 2007

Artículo de María Sanahuja
(Juez Decana de Barcelona y miembro de Jueces por la Democracia)
Publicado en la revista Re(d)forma en Serio. 2005
Voy a hacer uso de mi derecho a la libertad de expresión en el convencimiento de que hablando la gente se entiende y de que sólo evidenciando todos los ángulos de un problema pueden encontrarse algunas soluciones al mismo. Espero que este artículo no provoque las reacciones violentas e intolerantes que se generaron a raíz de la presentación de la memoria del Decanato de Barcelona el pasado mes de mayo, anunciando que voy a abundar en la lectura de la realidad que insinué en aquella ocasión. El Proyecto de Ley de Violencia de Género y el de Ley del Divorcio responden a dos visiones de los conflictos que se plantean en las relaciones afectivas y familiares radicalmente distintas y ofertan soluciones tan absolutamente contradictorias, que difícilmente pueden convivir en el mismo ordenamiento jurídico.
La exposición de motivos del Proyecto de Ley de Divorcio parte del respeto «al libre desarrollo de la personalidad», lo que «justifica reconocer mayor trascendencia a la voluntad del individuo cuando ya no desea seguir vinculado con su cónyuge». Parte del respeto a las personas, del principio de libertad de los cónyuges para decidir voluntariamente, como ya no puede ser de otro modo, la continuación o no de su convivencia. Cuestión distinta son las consecuencias que el cese debe conllevar, en función del desequilibrio que pueda comportar en relación con la posición del otro.
En cuanto a los hijos, la exposición de motivos alude insistentemente a que en el ejercicio de la patria potestad y la guarda y custodia, todos -padres, jueces, etcétera- deben procurar que tengan una relación fluida con ambos progenitores, evitando imponer trabas o dificultades que no estén amparadas en serios motivos y potenciando el principio de corresponsabilidad en el ejercicio de las potestades, para evitar que los hijos sufran innecesariamente un perjuicio en el desarrollo de su personalidad. Por ello se alude a la mediación como procedimiento extrajudicial adecuado, aunque lamentablemente la ley no hace referencia a ella en su articulado. Y en el nuevo art. 92 del Código Civil que se propone se menciona, ya explícitamente, la guarda compartida como forma de fomentar la corresponsabilidad.
Pues bien, al mismo tiempo que se tramita un Proyecto de Ley de Divorcio en el que se manifiesta un enfoque pacificador del conflicto, el Proyecto de Ley Integral contra la Violencia de Género insiste en una criminalización de las acciones de exteriorización de los conflictos, por leves que sean, en el ámbito de las relaciones afectivas y familiares. Valoro muy positivamente el que se aborden en una Ley integral los distintos aspectos que interactúan en un fenómeno complejo como es la violencia contra las mujeres. Es inaplazable el trabajo en el ámbito educativo, de la publicidad y de los medios de comunicación; en el plano sanitario, en el de la asistencia social, la tutela de los derechos laborales -aquí el proyecto podría ser más ambicioso-, etcétera. Continuar en la línea iniciada por los gobiernos anteriores en las últimas reformas del Código Penal, haciendo extensivo su alcance hasta límites intolerables, no parece que vaya a ofrecer solución al problema. El número de denuncias está desbordando los juzgados y el número de órdenes de protección hace difícil su seguimiento y su exigencia de cumplimiento
El Código Penal ha invadido el ámbito de las relaciones personales, hasta extremos nunca antes conocidos. Los ciudadanos deben ser conscientes de que cuando reprenden dando un cachete a sus hijos están cometiendo un delito; o cuando una pareja discute, llegando incluso a empujarse, si son vistos por agentes de cualquier policía, pueden ser conducidos al Juzgado de Guardia porque su acción está tipificada como delito y, al ser condenados, la sentencia comportará necesariamente, la prohibición de acercarse a la víctima y la suspensión, respecto a los hijos, del régimen de visitas (art. 57.2, en relación al 48.2 CP). Deben ser también conscientes de que el Código Penal no permite las reconciliaciones porque los dos miembros de la pareja podrían ser condenados por quebrantamiento de condena, uno como autor y el otro como cooperador necesario (art. 468 en relación al art. 28 CP); que para las mujeres extranjeras la denuncia y condena de sus parejas conlleva la expulsión automática del territorio nacional (art.89 CP), no siendo conscientes de esta consecuencia hasta que ya no pueden remediarla.
Era necesario que el sistema penal reaccionara de un modo más contundente ante situaciones de violencia, pues eran calificados como falta, hechos que por su gravedad y reiteración merecían una sanción penal más grave. Se ha llevado hasta la extrema consecuencia esa necesidad, tipificando como delito, como hemos señalado, hechos que no son graves. Y el Proyecto de Ley Integral insiste en esta dirección sin haberse evaluado previamente si las últimas reformas legislativas han dado resultado en atajar la violencia. A juzgar por el número de víctimas, puede pensarse que no. El Consejo General del Poder Judicial, en su informe sobre la Problemática Jurídica de la Violencia Doméstica aprobado el 20 de marzo de 2001, enfatizaba cómo las medidas de alejamiento se incumplen en el 90% de los casos.
Los nuevos juzgados previstos quedarán colapsados desde el inicio a juzgar por la cantidad de asuntos que pueden llegar a tramitar y la gran cantidad de competencias civiles y penales que se les atribuye (art. 42 del Proyecto de Ley de Violencia). Estos juzgados crearán más problemas de los que tratan de solucionar: No deben ser creados. Las previsiones del Proyecto de Ley son totalmente insuficientes. Así, en la ciudad de Barcelona, dos juzgados exclusivos no pueden, en modo alguno, asumir el porcentaje de asuntos que, sobre esta materia, tramitan los 33 juzgados de Instrucción, añadiendo además las competencias civiles. Por ello ha de manifestarse el temor, fundado, a que los problemas que surgirán puedan dejarse para la improvisación, y ello sería inadmisible. Puesto que no parece que se cuente con un estudio riguroso de qué porcentaje de asuntos, actualmente tramitados por los juzgados de Familia, Mixtos y de Instrucción, pasarán a los juzgados de Violencia, parece obvio que se desplazaran a esos juzgados el grueso de los procesos de familia contenciosos.

Desde la óptica de un Juzgado de Instrucción -ahora de Violencia-, el juez contaminado por la investigación tendrá que dictar sentencia en el proceso de familia, en el que a una de las partes, o a ambas, se le están imputando delitos, lo cual dificulta enormemente una tarea mediadora y pacificadora del conflicto que el juez de familia está en mejores condiciones de realizar. Por otra parte, la implementación de cualquier política debe contar con la disposición de los agentes que deben llevarla a cabo y, en este caso, no se ha realizado estudio alguno que permita saber con qué número de jueces y magistrados se cuenta, con predisposición a asumir este tipo de juzgados, en las condiciones de incertidumbre actuales y conociendo la experiencia negativa de los juzgados de Elche, Orihuela y Alicante, en los que se realizó un ensayo.
Al juez no se le puede dejar, como está en este instante, en múltiples ocasiones, solo ante las exclusivas manifestaciones de las partes. Al Juzgado de Instrucción deben ser llevados medios que permitan la toma de decisiones con conocimiento de causa. Y me refiero a iniciativas como la planteada por la secretaria de Serveis Penitenciaris, Rehabilitació i Justicia Juvenil, de la Generalitat de Catalunya, que ha realizado un proyecto que pronto se pondrá en práctica en el Juzgado de Guardia de Barcelona, con la idea de hacerlo extensivo al resto del territorio, de asesoramiento técnico en materia de violencia doméstica. Pero la situación actual es que el juez debe decidir sin conocer y sin posibilidad de errar, y ello ciertamente no es factible. Ya son muchos los compañeros que se quejan de que nos han convertido en una especie de consejeros sentimentales, y esa no es nuestra función, ciertamente. A los Juzgados de Guardia deberían de llegar, o en él deberían de poder diferenciarse, las situaciones realmente graves… para proteger efectivamente a las mujeres que están en riesgo.
Las relaciones hombre-mujer, y los problemas que de ellas surgen, ya no pueden abordase como si no se hubieran operado los cambios profundos en la sociedad española que se han dado a partir de los años 70. La progresiva equiparación en el ordenamiento juridico de derechos para ambos sexos, junto a la masiva incorporación de la mujer al mundo laboral, permite alcanzar el primer escalón, el de la independencia económica, necesario para superar los roles de dominación. La decisión de millones de mujeres en España, en los últimos años, de no centrar su vida exclusivamente en la procreación, decidiendo no tener hijos, o muy pocos, nos ha permitido dar el salto al mundo laboral. Y nos queda todavía mucho trecho por recorrer hasta alcanzar la suficiente independencia emocional que nos permita relacionarnos con las personas en condiciones de respeto e igualdad.

Es cierto que estamos en un momento de tránsito en el que los nuevos roles no están claros. Si queremos superar el modelo de caverna -él caza, ella se ocupa de la prole-, hemos de impedir especialmente las discriminaciones salariales existentes y el acceso a puestos de responsabilidad que las mujeres no podremos alcanzar si persistimos en asumir en solitario la crianza de los hijos. Por ello, el nuevo modelo al que tenemos que tender mayoritariamente, por el bien de nuestros hijos, es que se relacionen con ambos progenitores y ambos puedan contribuir a aportar los valores culturales y de socialización necesarios.
También por el bien de las mujeres, para que dispongan del tiempo absolutamente necesario para su realización personal y profesional. El nuevo modelo tras una ruptura con hijos menores comunes debe ser la guarda y custodia compartida. Los hijos se beneficiarían de una carrera de relevos, de una educación en la pluralidad , y no vivirán en el pensamiento único. Yo no tengo duda alguna de que no hubiera podido asumir la responsabilidad del Juzgado Decano de Barcelona si no fuera porque tengo, en relación con mis hijas, la guarda y custodia compartida.
Las soluciones no vendrán desde un feminismo victimista y revanchista. Pueden pensar que el mío es un feminismo elitista, de mujer con un status social y económico que lo permite. No, el mío es el feminismo del esfuerzo por ejercitar los derechos negados a las mujeres, ocupando más espacios sin pedir permiso, y que surgió en unos barrios de obreros emigrantes, pues esa era la España heredada en los inicios de esta Democracia. Desde Cataluña -aunque aragonesa- apuesto por la cultura del pacto como única vía, rentable para todos, de solucionar los conflictos. En general es falso que con el planteamiento de destruir al contrario se solucionen éstos y se avance. La Historia acredita que los odios se renuevan y se enquistan hasta la mutua destrucción. Pero en el tema que nos ocupa el otro es el padre o la madre de tus hijos y cualquier planteamiento bélico repercute directa y negativamente en ellos.

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Programa de Reinserción en Asturias

Publicado por aliciawolf en Febrero 27, 2007

La Voz de Asturias

INSTITUCIONES PENITENCIARIAS DOTARA DE UN PSICOLOGO ESPECIFICO AL
CENTRO PENITENCIARIO PARA ESTE TIPO DE DELINCUENTES
Villabona contactará con víctimas en el programa para maltratadores
Los profesionales quieren su valoración para efectuar un mejor
seguimientoLa prisión ultima el arranque de los cursos para penados
no recluidos
enviar imprimir valorar añade a tu blog 27/02/2007 NIDIA FERNANDEZ

Internos por uno de los pasillos de la prisión asturiana.
Foto:ARCHIVO/ J. VALLINA
Villabona ultima detalles para que alguno de los programas de
tratamiento a maltratadores comience a impartirse de forma inmediata.
El subdirector de Tratamiento del Centro de Inserción Social (CIS) de
la penitenciaría asturiana, Angel Merchán, confirmaba que algunos de
los grupos de terapia para los condenados que cumplen penas
alternativas “ya están siendo valorados” por los psicólogos del CIS.

El tratamiento específico para maltratadores pretende ser de ahora en
adelante en Villabona obligatorio a instancias de la propia prisión,
y no solo del mandato judicial. Dentro de las distintas modalidades e
iniciativas que incluyen los programas está el contacto con quienes
han sido víctimas de esos penados. “Es un tema muy delicado y también
extremadamente complicado”, reconoce Merchán, “pero la visión de las
víctimas sería de gran ayuda para evitar que se repitan situaciones y
mejorar los resultados del programa”.

Según explica Merchán ese contacto con las víctimas no se haría
directamente desde el centro penitenciario, sino a través de algún
interlocutor como por ejemplo el Instituto de la Mujer. Las
entrevistas permitirían que las mujeres pudieran comunicar si ha
habido nuevos contactos por parte del agresor, que tipo de conductas
violentas seguía o si se le ha visto cerca de alguno de los lugares
que frecuenta su expareja. “Ese tipo de informaciones son muy
valiosas para nosotros cuando tratamos un caso y muchas veces aunque
la mujer las denuncie a nosotros, que somos quienes podemos actuar
sobre el individuo, no nos llegan”, lamenta el responsable del CIS.

Merchán insiste en que aunque sea muy dificultoso localizar a las
víctimas lo intentarán “ya que son ellas las que en buena medida nos
pueden decir si vale de algo lo que estamos haciendo”. El responsable
penitenciario apuntó por ejemplo a los casos en que las víctimas
vuelven con sus agresores, “por lo menos podríamos darles unas pautas
para que nos avisen en caso de observar ciertos comportamientos de
nuevo”.

VARIOS FRENTES Ahora mismo hay 120 condenados que tienen suspendida
su condena o realizan trabajos en beneficio de la comunidad que
podrán beneficiarse del programa. Dentro de los frentes abiertos para
poner en marcha la iniciativa, que ya funciona en otras cárceles
españolas, están los grupos que se están poniendo en marcha con el
personal del propio CIS. También el Principado, a través de la
dirección general de Justicia ha mostrado su interés en contribuir al
programa en alguna medida.

Ya está ultimado un acuerdo con el Instituto de Formación y Estudios
Sociales de UGT (IFES) para que también colabore estrechamente en la
financiación de la iniciativa.

Todas estas posibilidades irán destinadas a financiar a quienes están
condenados por cometer un delito de violencia de género con una pena
alternativa, pero además Instituciones Penitenciarias ha tramitado
por vía de urgencia la contratación de un psicólogo para cada prisión
que se dedique a este tipo de tareas, dado el incremento de estos
delitos y este perfil de delincuente. Desde hace tiempo Villabona ya
tiene en marcha terapias específicas para aquellos maltratadores que
sí cumplen condena dentro de la cárcel.

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Derechos para las prostitutas

Publicado por aliciawolf en Febrero 23, 2007

La Nueva España (Diario asturiano)

Oviedo, A. V.

«Lamentamos profundamente estas conclusiones que dejan totalmente
desprotegidas a las mujeres que ejercen la prostitución». Paloma
Uría, portavoz del colectivo Otras Voces Feministas, denunció ayer
así la negativa a acometer la regulación laboral de la prostitución
voluntaria en España, según especifica el borrador del dictamen final
de la Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer del Congreso.

Para el colectivo Otras Voces Feministas, este documento «reafirma la
vulneración de derecho a la que están sometidas» las mujeres que
ejercen la prostitución, ya que, como explicó Paloma Uría, «la lucha
eficaz contra la trata de mujeres con fines de comercio sexual sólo
es posible si se diferencia claramente la prostitución voluntaria,
que debe ser reconocida legalmente, de la prostitución forzada, que
debe ser perseguida».

«Las conclusiones están altamente prejuiciadas e ideologizadas y no
tienen en cuenta la realidad de las trabajadoras del sexo», denuncia
esta corriente feminista, que apoya la postura del Colectivo en
Defensa de los Derechos de las Prostitutas Hetaira, y asegura que «se
ha derrochado dinero público para intentar justificar unas
conclusiones que estaban tomadas de antemano».

Uría criticó además que «se tergiversan los artículos 9 y 14 de la
Constitución para negar la consideración de la prostitución como un
trabajo, cuando estos mismos artículos sirven para recomendar
justamente lo contrario: la necesidad de que se acabe con la
discriminació n que sufren estas trabajadoras por ofrecer servicios de
carácter sexual». «En nombre de la dignidad de las mujeres en
abstracto se niega la dignidad de las mujeres que ejercen
voluntariamente la prostitución, invisibilizándolas y negándoles sus
derechos como trabajadoras» .

……………………………………….

La mayoría de los colectivos feministas que hoy en día luchan por la igualdad, son abolicionistas, ya que consideran esta práctica como vejatoria hacia la integridad de la mujer. Así, se excusan de querer legalizar una práctica inmoral que si se legaliza, va a ensuciar la imagen de la mayoría de la población, ya que si existe es porque nosotros somos usuarios y eso es lo que no se quiere reconocer.

Una de mis ocupaciones actuales es dar talleres educativos a prostitutas. Una se acaba dando cuenta que están mucho más informadas ella que lo propios clientes, que son los que reiteran en prácticas de riesgo.

Descubrí hace poco otras dos clasificaciones más para tu supuesto ideología: Respecto a los derechos de las prostitutas, ¿Eres Proderechos, o Abolicionista?

A mi desde luego, me parece una de las profesiones que necesitan más coraje. No voy a caer en el tópico de “es un trabajo muy digno”, no. Es un trabajo que en el caso de que haga daño a alguien, es a la propia profesional, y si saben apartar lo que es sexo de una tarea más de trabajo, para mi se merecen mi admiración.

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Forumlibertas critica las 10 leyes que nos alejan de Occidente

Publicado por aliciawolf en Febrero 5, 2007

En fin, yo y el cristianismo somos incompatibles.
Esto es lo que se defiende desde varios foros:

España se aleja de Occidente: 10 nuevas leyes que desvincularán nuestra sociedad

Informe de FundSocial: La legislación de la ‘era Zapatero’ dañará nuestra economía y Estado del Bienestar

En los últimos años, las leyes puestas en marcha por el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero han alejado a España de Occidente y han dañado la economía y el Estado del Bienestar. Son las conclusiones de un informe elaborado por la Fundación para el Desarrollo Humano y Social (FundSocial).

El objetivo principal de FundSocial, una fundación sin ánimo de lucro, es promover y alcanzar un modelo de sociedad responsable y solidaria con los ciudadanos y ante los poderes públicos.

Surgió como iniciativa de un grupo de personas vinculadas al mundo de la empresa y las profesiones liberales y, entre sus prioridades, se encarga también de fomentar los derechos humanos; la libertad religiosa y de pensamiento; el derecho de los padres a escoger para sus hijos el modelo de educación acorde con sus creencias y principios; la defensa de la vida en todas sus fases, así como la del matrimonio y la familia; o la lucha por la abolición de la pobreza.

El Patronato de la fundación está compuesto por Ramón Casals Lamarca, Fernando de Salas Moreno, Juan Enrique Fernández-Pedrera Correa, Borja García-Nieto Portabella, Jaume Grego, Joan López Masoliver, Josep Miró Ardèvol, Juan Ignacio Peró Silva, Josep Maria Romances Pujol y José Vila Bassas.

“País anómalo”

El informe de FundSocial, La anomalía española: Las leyes que nos alejan de Occidente y dañan la economía y el Estado del Bienestar, constata que “en el transcurso de los últimos años, especialmente a partir de 2004, se han legislado en España una serie de leyes que, consideradas una a una, o bien son únicas o bien son muy excepcionales en la UE y en Occidente”.

Todo este conjunto de leyes y normas “han convertido a España en un país anómalo, totalmente diferente del resto de países europeos y occidentales”, sin que exista “conciencia de este hecho ni de sus consecuencias” entre la opinión pública.

Hasta un mínimo de 10 leyes creadas por el Gobierno socialista, “insólitas en el mundo occidental y desarrollado [...] alteran muy negativamente las infraestructuras sociales y por tanto el modelo de sociedad y el modelo económico”, dice el estudio de FundSocial.

Entre otros ejemplos, el informe señala que “la concepción de matrimonio homosexual altera la finalidad social del matrimonio”, que es “la descendencia y su educación”.

“El matrimonio justifica su preeminencia y singularidad por el papel que desarrolla: es la única institución que garantiza tener hijos y educarlos. No es sólo una forma de convivencia”, continúa el informe.

En una consideración final, FundSocial concluye que “debe hacerse una reflexión, extraer las consecuencias y rectificar eliminando las diferencias legislativas con el modelo occidental y retornar a él. Nunca más España debe volver a ser un país anómalo”.

Las 10 leyes de la desvinculación

1. Ley que modifica el Código Civil para posibilitar el matrimonio homosexual con adopción (3 de julio 2005)

Solamente es posible bajo estas condiciones en Holanda y Canadá. En Bélgica se exceptúa la adopción. Para hacer posible el matrimonio entre personas del mismo sexo en España, se ha sustituido en el Código Civil el concepto de hombre y mujer, y el de padre y madre, por los de cónyuges y progenitores.

Teniendo en cuenta en España hay menos del 2 por ciento de personas homosexuales y que después de 15 meses de vigencia solo se han casado 1.275 parejas, de las cuales la gran mayoría eran hombres, cabe resaltar que se desvirtúa el sentido del matrimonio en nombre de una demanda social inexistente o marginal.

2. Ley Integral de Protección contra la Violencia de Género (28 diciembre de 2004)

Ninguna legislación en el mundo establece que para un mismo delito la sanción pueda ser radicalmente diferente en función de si quien lo comete es un hombre o una mujer. Prohíbe incluso que pueda producirse un proceso de reconciliación en caso de conflicto. Y, además, no es útil: 2006 ha sido el segundo año con más feminicidios de pareja, con un total de 71, además de tener colapsados los juzgados.

3. Divorcio a los tres meses de casados y sin alegar causa (8 de julio de 2005)

Esto es lo que establece la nueva Ley del Divorcio. España es el único país donde el matrimonio es el único tipo de contrato que se puede rescindir por una de las partes sin necesidad de alegar la causa. Tiene puntos de contacto con el repudio del mundo islámico.

4. Fecundación asistida sin limitaciones (25 de mayo 2006)

Muchos países contemplan límites en relación a la edad de la mujer, el que se disponga de pareja estable, el que no pueda implantarse óvulos de otra mujer o el que los espermatozoides sean de su propia pareja y no de donantes. En España todo esto y mucho más es posible.

5. Ley de Identidad Sexual (aprobada en noviembre por la Comisión de Justicia del Congreso y que entrará en vigor el 2007)

Se puede cambiar de sexo en el Registro Civil sin necesidad de presentar ninguna modificación de las características sexuales secundarias. Otro caso único en el mundo.

6. Clonación prácticamente sin limitaciones (en discusión en las Cortes Generales)

Pocos países de occidente la admiten. En Alemania, Francia e Italia está prohibida. En Estados Unidos no pueden recibir fondos públicos (que son prácticamente los mayoritarios en España). Es una medida contraria a la recomendación de Naciones Unidas y la propia UE establece limitaciones en este campo en materia de ayudas.

7. Double-mother

Se ha introducido un artículo a la ley sobre investigación biomédica por el cual, si en una pareja de lesbianas una de las dos tiene un hijo por fecundación asistida, la otra puede inscribirse automáticamente en el registro civil también como madre.

8. Asimetría penal desmesurada sobre el valor de la vida (Modificación del Código Penal de 1995)

Mientras la inducción al suicidio con resultado de muerte está penado de 6 a 10 años de prisión, un médico que practica un aborto ilegal puede recibir una pena de 1 a 3 años, y por tanto es posible que ni siquiera ingrese en prisión.

9. Edad de emancipación sexual a los 14 años (modificación del Código Penal de 1995).

Un adolescente de 14 años puede mantener el tipo de relaciones sexuales que quiera incluso las homosexuales, sin que los padres puedan legalmente oponerse. Para votar, conducir vehículos, o beber alcohol, etc., se exige en cambio tener 18 años.

10. El crecimiento extraordinario de la prostitución

Superior al de los dos únicos países que la han legalizado, Holanda y Alemania. El limbo legal ha convertido a España en el emporio de la prostitución organizada a gran escala y del tráfico de mujeres. El contraste es mayor en relación a la dura legislación francesa que expulsa la prostitución hacia España.

¿QUÉ OPINAIS?

Mi opinión:

- EL MATRIMONIO HOMOSEXUAL

No veo ningún problema en que adquieran los mismos derechos que una pareja hetero que se ama. Derecho de viudedad, reconocimiento como familia en el registro civil, etc.

Sí que es cierto que el término matrimonio, es un término adoptado por la religión para hacer referencia a la unión entre hombres y mujeres. Y por eso mucho defienden el cambio de término para calificar la union entre dos personas del mismo sexo.

Pero…. si nos ponemos así de estricto, tampoco es lo mismo un matrimonio civil que uno celebrado en una iglesia, son diferentes ritos….

No sé si sabeis a donde quiero llegar.

Ya nadie se casa para demostrar su amor ante Dios, se casan para formar una familia, la religión católica ya queda desvinculada de este acto, por lo que si se acepta el termino matrimonio para cualquier celebración civil, los homosexuales también pueden acceder al mismo.

¿Adopción?

Los niños tienen derecho a convivir con una familia que les de estabilidad afectiva, que les eduque en la sexualidad, esa tarea pueden hacerlo todo tipo de pareja mientras estén capacitados para ejercitar una correcta maternidad/paternid ad. ¿que los niños tienen derecho a tener un padre y una madre?

Vale, y por qué no se pone entredicho la capacidad de un/una viudo/a?

El niño necesita amor y conocimiento. El único problema que puede traer la adopción de un matrimonio homosexual es que ese niño surfra por que la sociedad, la escuela, etc, le margine, pero entonces el que está ejerciendo daño es la sociedad, es un daño externo creado por mentalidades que se aferran a lo establecido por miedo al cambio.

-LEY INTEGRAL DE VIOLENCIA DE GÉNERO.

Como escribí en otro artículo anterior:

- el maltrato psicológico y físico que comete un hombre contra una mujer por el hecho de ser mujer.

Aun quedan muchos hombres que acuden a los juzgados diciendo: la maté por que era mía, o como me comentó un amigo jurista indignado, muchos “presuntos” que se aproximaban a él “de hombre a hombre” soltando una y otra vez las mismas frases: “ta sabes, ella me provocó… se lió con otro/ me levantó la mano / no me respetaba”.. ..

Aquí está el componente de represión cultural a la que la nueva Ley de violencia de género debería combatir.

Pero….. he asistido a charlas y he estudiado algo sobre ella, y está fatal planteada.

Para empezar: Solo entra en los casos en los que “un hombre agreguede (fisica o verbalmente) a una mujer, por el simple hecho de ser mujer, y si han mantenido o mantienen algún tipo de relación sentimental” …..

La verdad, no sé si en aquel momento me sentía más horririzada por las feministas o por mi compañero de pupitre. Vaya forma de hablar de los hombres, como si llevasen el demonio dentro…..

Lógicamente, mi experiencia me ha llevado a querer meterme en el meollo de este tema para comprenderlo y formar parte de su solución en un futuro (si es que se puede solucionar).

Pero hay muchos puntos que fallan respecto a la Ley:

- Ese tipo de violencia que pretende penalizar, se encuentra en sociedades más rurales, pero ya no tanto en la convivencia de pareja en el entorno urbano. El tipo de represión que existe hacia la mujer es otro, mucho más disimulado, en su enfrentamiento con día a día, y que con sus normas no va a conseguir nada. Una represión de la que quizá la gran mayoría de las mujeres no seamos conscientes y por que seguramente no nos demos ni cuenta de que estamos metidas en un comporta miento de sumisión hacia el género masculino. ¿Y eso por qué? Por que incluso nosotras mismas nos sentimos cómodas con ese sistema. Nosdotrasx seguimos prefiriendo ser la s que abandonamos el trabajo para dedicarnos enteramente a la educación del hijo, las que nos sentimos dueñas de la cocina, las que vemos con malos ojos a la mujer individual emprendedora y bien a la mujer cariñosa que se ata con un hombre para toda su vida…. No sé si alguien me sigue.
Esta Ley solo sirve en determinados casos, pero claro, engloba a todo el maltrato físico y verbal que surje dentro de la pareja.

- De este modo, queda fuera el maltrato de padres a hijas, de hermanos a hermanas, de hijos a madres, de desconocidos a mujeres por el simple hecho de ser mujer, y pasa a ser “violencia domestica” o delitos y faltas comunes. Y AHÍ si habría violencia de género.

- Y ahora al hilo de lo que dijo Retuerta. Me encanta que hayas puesto de ejemplo los porcentajes de los suicidios. Entran a ser regulados por la Ley de violencia de Género, problemas de pareja que nada tienen que ver con la discriminació n a la mujer. ¿Pero por qué se mata más a mujeres? Por un tema de fuerza física. Una mujer no lo va a hacer por que: 1.-sabe que tendría que planearlo muuuuuy bien para que le saliese bien y no salir perjudicada (en este caso el hombre se deja llevar más por los instintos) 2.- su fuerza no se puede comparar a la de un hombre. Pero por qué se suicidan los hombres y matan a las mujeres: problemas de pareja, inseguridad, frustración, etc…. En todo caso por que el asesino se siente inferior, no superior por el hecho de ser hombre.

No han sido nada objetivos con esta ley y deberían haber estudiado más a fondo el problema de la violencia EN PAREJA, y ver, que eso mismo pasa en parejas homosexuales. Y ahí no hay la excusa de : no, es que hay discriminació n por sexo. ..

Aquí no hay ni buenos ni malos, solo mucho miedo (en el caso de la violencia de pareja) y muchos comportamientos “normalizados” (en el caso de la discriminació n SOCIAL por género)

Sobre los comportamientos “normalizados” ……. Ese ya es un tema a parte mucho más complejo. Porque también el hombre está obligado a cumplir unos requisitos “que se le atribuyen ” por el unico hecho de ser hombre.

A mi me da pena porque esta Ley nos va a perjudicar más que ayudarnos; el abuso de una ley que no está del todo bien estudiada, va a conseguir que nos vuelvan a estereotipar y, por otro lado, el problema de las que de verdad están en su casa hechas una mierda porque su marido cree que ella vale menos por el hecho de ser mujer (aunque no la toque ni un pelo); estas mujeres, han mamado en sus familias que es “normal” tener una convivencia así, y seguirán transmitiendo esos valores a sus hijos, y no se atreverán a dar el paso de la ruptura.

Lo peor, que se abre una batalla entre sexos, que la mujer queda bajo el status de “victimista controladora” y que el hombre que en realidad es buen padre, y que el único error que ha cometido es no saber convivir con una pareja incompatible (una relación inestable es cosa de dos, no de uno) se queda con la etiqueta de culpable y maltratador.

- DIVORCIO RAPIDO CON EL CONSENTIMEINTO DE UNA SOLA PERSONA.

si yo o cualquiera de nosotros, nos damos cuenta de que la persona que tenemos al lado no nos satisface, o que el matrimonio no alcanza los objetivos que en un principio proyectamos, ¿por qué no podemos romper esa relación? ¿por qué sí se puede hacer durante el noviazgo?

¿A alguno de nosotrosa nos gustaría que nuestra pareja nos encadenase a vivir a su lado eternamente, si no es nuestro deseo?

- FECUNDACIÓN ASISTIDA SIN LIMITACIONES

Volvemos al caso de la ádopción homosexual. El requisito para ser buen padre/madre, no es tu condición sexual, ni tus gustos, ni tu edad… La condición es ser buen padre/madre, y darle al niño lo que se merece. Aquí debería abrirse un estudio sobre “qué es lo que necesita el niño para ser feliz y desarrollarse equilibradamente” , no sobre quién tiene el derecho de tener niños.

Todo esto de estar en contra de la reprodución aistida me parece una de las tonterías que tienen las reglas católicas, sigue siendo decisión de Dios…

- LEY DE IDENTIDAD SEXUAL

¿A quién le importa con qué sexo está registrada una persona? A los que siguen dándole importancia a la identidad sexual de uno. No se mira la calidad de la persona, sino si es hombre o mujer.

¿Uno nace con el cuerpo con el que nace, y debe asumirlo? ¿y entonces, que pasa con las cirugías estéticas?.

- CLONACIÓN

de momento que yo sepa solo se útiliza con fines sanitarios para salvar vidas, no para hacer clones de personas, por dios, que esto no es una película futurista.

Si se utiliza para salvar vidas, vamos en contra de las leyes del Todopoderoso, qu8e decide quien debe sobrevivir y quien no. Entonces, ¿para qué la medicina?

- DOUBLE-MOTHER

y si yo tengo un hijo extramatrimonial, y mi pareja quiere adoptarlo e inscribirse como padre, también puede.

Insisto, la adopción no debe ser automática para lesbianas ni para nadie, debería mirarse el perfil de cada uno, no se puede dejar la vida de un niño a manos de cualquiera.

- SOBRE LA DIFERENCIA DE PENAS ENTRE EL ABORTO ILEGAL Y EL INTENTO DE SUICIDIO.

Me parecen casos incomparables.

De todos modos, debería hacerse una revisión legislativa en todas las leyes que regulan el tema del “derecho a la vida” (eutanasia, aborto, suicidio).

Por un lado está lo que desea uno, y por otro lo que desean los que le rodea.

Y lo del aborto, si la pareja esté de acuerdo, solo le va a molestar a aquel que vive bajo el pensamiento constreñido del catolicismo.

- EDAD DE EMANCIPACIÓN SEXUAL

la emancipación sexual…. El problema es que la sexualidad no se debe regular…. es un derecho humano, no algo malo. Todos tenemos sexualidad desde que nacemos, ¿por qué ignorarlo, evitarlo, prohibirlo?

El daño en sexualidad aparece en el abuso, por desconocimiento o por obligación.

En el resto, el niño tiene derecho a descubrir su sexualidad desde que es pequeño.

Por otro lado, esto de ponerle un tope en edad, me parece una estupidez. Una chica de 14 años tiene la suficiente conciencia para saber lo que hace con su cuerpo.

- EL CRECIMIENTO DE LA PROSTITUCIÓN

las prostitutas hacen un servicio social. Si no quisiesen no trabajarían en ellos, y te lo digo por que conozco a varias. Siempre se puede salir de ello si uno quiere realmente, salvo la trata de blancas, y ahí ellas no tienen ninguna culpa, son víctimas de una mafia que debería erradicarse.

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